Equilibrio entre impuesto e inflación

Iniciamos el nuevo año y con ello vienen los seis meses mas movidos desde el punto de vista fiscal. A penas en el segundo mes ya se estarán presentando las declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta de las personas y empresas acogidas al Régimen simplificado de Tributación (RST) y al Régimen de Gastos Educativos.

Posteriormente, en marzo, se deberán presentar las declaraciones de los profesionales independientes y personas físicas en general no asalariadas. El calendario continua, pero prefiero enfocarme en las personas físicas por ahora.

En este 2020, al igual que en los tres años anteriores, la tasa del impuesto de las personas físicas se ha mantenido intacta. Las personas físicas, incluyendo asalariados, pagan sus impuestos con base en la escala progresiva en donde la exención contributiva, desde el año 2017, ha sido cuatrocientos dieciséis mil doscientos veinte pesos (RD$416,220) al año. No es la primera vez que tenemos esta situación, pues en los años 2012 al 2015 sucedió lo mismo.

Según el artículo 296 del Código Tributario Dominicano (CTD), la tasa del impuesto para las personas físicas se aumentará cada año por efectos de la inflación. Ya son, en suma, seis años en los que los efectos de la inflación han sido dejados de lado, castigando a las personas con más impuestos, aun cuando la tasa no haya aumentado.

Ignorar los efectos de la inflación en la tasa de este impuesto es una forma de ampliar la base (hacer que más personas paguen el impuesto) y hacer que aquellos que ya son contribuyentes del ISR paguen mas impuestos por sus salarios o ingresos. Esto sin tomar en consideración que los aumentos salariales pueden incluso ser nulos de un año a otro y que el precio de los alimentos se mantiene en aumento.

Desde el punto de vista de los impuestos indirectos, especialmente el Impuesto Sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), de algún modo también refleja un aumento en las recaudaciones, ya que, con el alza en los precios en los productos de consumo, el monto de ITBIS pagado resulta ser mayor. Mientras mayor sea el monto de la base mayor será el monto del impuesto.

Sería bueno que todo lo anterior quedara justificado en mejores servicios públicos, de mayor calidad y menos financiamiento externo para cubrir los gastos del gobierno.

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