Retenciones Vs. NCF

Las retenciones ha sido una efectiva medida de control para combatir la evasión, aunque con sus limitaciones. Desde la promulgación del Código Tributario Dominicano (CTD) en el año 1992, el artículo 309 ha contemplado que las personas jurídicas (compañías) actúen como agentes de retención, En otras palabras, las compañías deben trabajar como un aliado de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en la recaudación de los impuestos. El objetivo fundamental de esto es poder identificar a quienes trabajan por cuenta propia, estimar sus ingresos y generar flujo de caja en la medida en que el Gobierno recibe mensualmente los pagos de las retenciones, ya que éstas vienen a ser otra forma de adelantar el impuesto sobre la renta, y mas recientemente el ITBIS.

Esta medida, aunque ha sido una herramienta indispensable para combatir la evasión, también ha tenido un éxito limitado, ya que, muchas veces, quienes estaban sujetos a retención no llegan a formalizarse ni a declarar sus rentas. Por parte de la DGII, el análisis costo beneficio los obliga a hacerse de la vista gorda porque, muchas veces, es mas lo que hay que invertir para perseguir a una persona que las recaudaciones que se obtienen en retorno. Cabe destacar que esta práctica cambió radicalmente con la gestión del Lic. Magín Díaz, debido a las notificaciones masivas a las personas físicas que tenían mas de una fuente de renta.

Estas notificaciones masivas fueron toda una novedad ya que la tributación de las personas físicas parecía nula hasta ese momento. No era un tema del que se hablara y generó mucha sorpresa, pues hay quienes pensaban que las personas físicas no tenían que pagar impuestos.

Por otro lado, desde el año 2007 cuando inició el régimen de los comprobantes fiscales (NCF), la DGII es capaz de identificar los ingresos y gastos de todos los contribuyentes a partir de los cruces de información con informaciones remitidas mediante el uso de los formatos de envío de datos. Esta se convirtió en una herramienta mucho mas eficiente pues no solamente permite estimar los ingresos. Con los NCF la estimación se puede hacer mas completa y certera ya que permite prácticamente armar el estado de resultados de una compañía y determinar el impuesto esperado.

El uso de los NCF, genero un antes y un después en la forma de tributación de los contribuyentes, ya que deja menos rejuego para los fraudes fiscales, y aun mas con la modificación a este régimen en mayo de 2018 y la promulgación de la Ley de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo, que da a la DGII la potestad de acceder a infomación bancaria de los contribuyentes.

Teniendo estos mecanismos, ya las retenciones no juegan un papel fundamental en el combate de la evasión. Esperemos que, como parte de las medidas de simplificación fiscal del nuevo Gobierno, las retenciones sea una de las primeras cosas en ser eliminadas.

 

 

Foto: Photo by Alexander Mils on Unsplash

2 comentarios en “Retenciones Vs. NCF”

  1. Muy interesante artículo. ¿Pero qué pasa con la los pagos con NCF compras de persona física a profesional liberal? No se le puede retener ISR, por lo que este se perdería. Y en cuanto al ITBIS, tampoco se retiene, se le paga al profesional, pero también se perdería porque este último no está reportando.

    1. En ese caso la DGII tiene los datos de ingresos y gastos de esa persona a través de los reportes de terceros aun cuando no le apliquen las retenciones. Debe en ese caso incentivar la formalizacion y que cada quien pague sus propios impuestos a traves de sus declaraciones.

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